Cuando se deja de pagar la hipoteca, el banco puede iniciar una ejecución y quedarse con tu vivienda. El siguiente paso sería el desahucio de los habitantes de la vivienda, después de esto seguirás conservando tu deuda con el banco. En definitiva, deberás pagar la hipoteca si el banco te quita la casa. Los impagos de hipoteca, suelen ser los que más preocupan a la población.
Hoy en día existe una vía para poder cancelar tus deudas. Esta vía consiste en recurrir al mecanismo de la baja cautelar. Esta ha obtenido resultados muy favorables, por lo que ha ido sustituyendo al mecanismo de dación en pago. Esta, al depender de negociaciones no siempre ha garantizado buenos resultados.
En este artículo, procederemos a explicarte como podrás librarte de las deudas que tienes y porque debo pagar la hipoteca si el banco me quita la casa. Al final de este, te ofreceremos un formulario que te proporcionará la ayuda de nuestros profesionales.
Cómo librarte de las deudas tras la ejecución hipotecaria
Aunque te hayan quitado la casa, deberás pagar la hipoteca si el banco te quita la casa, así está regulado en el artículo 1911 del Código Civil. Por lo que no podrás librarte de las deudas de tu vivienda hasta haberlas pagado por completo.
Hace años, solo existía la opción de la dación o cesión de bienes y derechos, que pueden realizarse a través de “en pago” o “para pago”. Te explicamos lo que significan estos términos:
- “Dación en pago”, también conocida como la transmisión de bienes o derechos a cambio de la eximición de las deudas. Esto se conseguiría entregando la casa al banco a cambio de la eximición de las deudas de tu hipoteca.
- “Dación para pago”, en este caso hablamos de la transmisión de bienes o derechos para realizarlos y aplicar el precio de estos al pago de la deuda. Entregando, en este caso, la vivienda y otros activos a tu banco. Tu banco vendería tus bienes y utilizaría el pago obtenido para pagar las cuotas hipotecarias.
Según el artículo 1166 del Código Civil: “el deudor de una cosa no puede obligar a su acreedor a que reciba otra diferente”. ¿Qué significa esto? Que la deuda al ser dineraria, implica que estos dos procesos de “para pago” o “en pago” dependen única y exclusivamente del banco.
En otras palabras, solo podrás entregar tu vivienda a través de la negociación con el banco si estos quieren aceptarlo, una situación que no suele ser aceptada.
Aun así, desde la aprobación de la Ley 25/2015 existe otra vía para librarte de las deudas después de que el banco te quite tu vivienda. Hablamos del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, uno de los procedimientos incluidos dentro de la Ley de Segunda Oportunidad.
¿Qué pasa cuando dejo de pagar la hipoteca?
Si ha pasado un mes desde que no se ha pagado la hipoteca, el banco se pondrá en contacto con la persona deudora para comprobar el motivo del impago y si este se ha causado por un error. En ese caso, se ofrecerá la posibilidad de pagar esa cuota impagada con los intereses correspondientes.
Si el impago ha sido de un tiempo superior a un mes, el banco procurará ir cobrando las cuotas de los meses atrasados. En muchos casos, se realizará la modificación de los plazos que fueron acordados previamente. En esta revisión es posible pedir la ampliación del plazo de amortización de la hipoteca. La deuda, entonces, será el importe total de la hipoteca y el interés de demora.
Cuando el incumplimiento de pago supera los 6 meses el banco procede a demandar a la persona deudora para que ésta cumpla la garantía de los préstamos y procede a incluir al deudor en la lista de morosos.
Transcurrido 1 año o más, se procede a la subasta de la casa. Donde un juez determinará el plazo de pago de la deuda con intereses para poder evitar la subasta del inmueble de la persona deudora. En conclusión, tus deudas no se van con estos procedimientos y aunque el banco te quite tu casa, deberás seguir pagándola.
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