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contratar cobradores de deudas

Mi acreedor ha decidido contratar cobradores de deudas: ¿tiene solución?

8 de Junio de 2022

Por iMorosity

Señora agobiada por las deudas

¿Tienes alguna deuda? Da igual que sea con un banco, con una compañía telefónica o con una eléctrica. Si el pago de esa deuda se alarga, es muy probable que la entidad a la que le debes dinero, antes de no poder reclamar por la vía judicial, opte por contratar cobradores de deudas.

 

¿Qué me supone que hayan decidido contratar cobradores de deudas?

En el momento en el que la entidad a la que le debes cualquier cantidad decida “deshacerse” de ella y optar por contratar cobradores de deudas, tu situación cambia completamente. Ya no va a ser la empresa original – aquella que te ha introducido en el fichero de morosos – quien te va a reclamar el pago de la cantidad, sino que será la compañía de recobro o el fondo buitre (quien ha pagado por comprar tu deuda) la que se hará responsable de que efectues el pago y cobrar la deuda.

Ese es el modelo de negocio de las agencias de cobro de deudas . Buscan entidades financieras, eléctricas, compañías telefónicas o cualquier otra empresa con necesidad de liquidez inmediata o con deudas a punto de vencer (hablamos del plazo estipulado a partir del cual esa obligación de pago no se puede reclamar judicialmente), ya que saben que para ellas contratar cobradores de deudas, en ocasiones, puede ser una buena salida.

 

Por resumir. La compradora de esa deuda paga una determinada cantidad – normalmente muy por debajo del montante de la cantidad a deber – para después rentabilizarla mediante el cobro al deudor original. Eso no cambia. La deuda la sigues teniendo. Pero con otra persona jurídica.

Desde ese momento la entidad que haya adquirido los derechos de cobro asociados a tu deuda pondrá su maquinaria en marcha para hacerte pagar la cantidad a deber más los intereses. Como puedes imaginar, este tipo de compañías disponen de personal experto en ese tipo de acciones, realizando muchas veces acciones que pueden bordear – a veces incluso sobrepasar – la legalidad. 

 

¿Me tienen que enviar alguna notificación  antes de contratar cobradores de deudas?

Enterarse de que tu acreedor no es quien creías que era puede ser toda una sorpresa. Cuando una entidad decide efectuar la venta y contratar cobradores de deuda, a la hora de llevar a cabo este procedimiento, legalmente no tienen ninguna obligación de avisar

Es por eso que, si bien algunas sí envían alguna notificación de que han optado por esta vía, puede darse el caso de que nos enteremos del cambio de situación en el momento de que sean los nuevos acreedores los que nos comiencen a reclamar la deuda

Una vez sabes que la cantidad a deber ha cambiado de manos, que han decidido contratar cobradores de deudas, es importante comprobar a qué empresa de cobro de morosos han recurrido y tratar de establecer una comunicación con ella para averiguar si han variado alguno de los términos, condiciones o cláusulas respecto a las que se tenía anteriormente

En caso de no haber tenido notificación alguna, si tenemos la sospecha de que hayan podido contratar cobradores de deudas, esto se puede averiguar poniéndote en contacto con el acreedor original. Ellos nos indicarán si mantienen la obligación de cobro o si por el contrario han decidido venderla tras contratar cobradores de deuda. 

 

Tras contratar cobradores de deudas, ¿cuales son los límites del nuevo acreedor?

Como puedes imaginar, el nuevo acreedor buscará rentabilizar su nueva adquisición lo más rápido posible. Es más. Si tu acreedor original ha decidido contratar cobradores de deudas, ya sabrás de lo que te estoy hablando. 

Llamadas continuas, mensajes, correos… Cualquier forma de comunicación con nosotros – incluso a veces con personas de nuestro entorno – les vale para conseguir que, sea de la forma que sea, terminemos efectuando esa obligación de pago que tenemos con ellos. 

Pero todo esto tiene un límite. Aunque los empleados y el departamento jurídico de este tipo de empresas saben hilar muy fino y se saben mover como nadie al borde de la legalidad, hay jueces que han sentado en el banquillo a alguna de ellas. 

Comunicaciones constantes que perjudican la salud mental, la persecución en espacios públicos o la entrada sin consentimiento en espacios privados, usar cualquier tipo de violencia, bien sea física o verbal o recurrir a personas de nuestro entorno para obligarnos a través de malas prácticas a pagar la deuda. Estos podrían ser algunos de los límites de quien ha adquirido tu obligación de pago, derivado de que el acreedor original haya optado por contratar cobradores de deudas. 

¿Es legal el acoso telefónico por empresas de recobro?

 

¿Hacer frente a quienes deciden contratar cobradores de deudas? IMorosity es tu solución

En iMorosity trabajamos con diferentes despachos de abogados que te ayudarán a hacer frente a todos los problemas derivados de esa decisión de contratar cobradores de deudas por parte de tu acreedor original y valorar en su caso la posibilidad de emprender alguna acción legal.

Pero sin duda, la mejor forma de que tu deuda no termine en manos de empresas de cobro y, por tanto, evitar ser víctima de sus prácticas, es no tener deudas pendientes, pagar sus facturas o el dinero adeudado.

Parece una obviedad, pero si pagamos o solucionamos el problema antes de que decidan, o se vean obligados a contratar cobradores de deudas, seremos libres de caer en un problema que en muchas ocasiones puede condicionar nuestras vidas. 

Es por eso que lo mejor es actuar a tiempo y salir de los ficheros de morosos. Y en eso somos expertos, en sacar a personas de ASNEF. Otras soluciones que ponemos a tu alcance son el optar por reunificar la deuda o, en caso de que te sea posible, acogerse a la Ley de segunda oportunidad.

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De nuestros clientes, consiguen solucionar su situación en los ficheros.

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