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¿Qué es un juicio monitorio y por qué pueden ser peligrosos?

04 de febrero de 2019
Por iMorosity
juicio monitorio

Un juicio monitorio es un procedimiento judiciale para reclamar el pago de deudas que reúnan una serie de requisitos. En iMorosity alertamos de la peligrosidad de los juicios monitorios y la inclusión en los ficheros de morosidad.

La deuda debe ser:

  • Dinerada; El derecho de crédito exigido debe ser expresado en dinero, es decir, en moneda de curso legal, nacional o extranjera.
  • Vencida; El plazo de pago ha vencido. No se puede reclamar por tanto deudas futuras que aún no han vencido.
  • Exigible; Aquella que no depende de contraprestación ni está sujeta a condición alguna.
  • Determinada; La deuda debe ser líquida, es decir, que esté concretada en una suma de dinero.

Los procedimientos monitorios, son procedimientos judiciales sencillos, útiles para todo tipo de empresarios, profesionales, etc. que pretenden agilizar el cobro de las deudas.

juicio monitorio

Cada vez son más las empresas que reclaman las deudas a través de juicios monitorios, en la mayoría de los casos empresas de recobro.

juicio monitorio

 

¿Qué juzgado es el competente para el juicio monitorio?

El juzgado competente de primera instancia del domicilio o residencia del deudor. Un dato importante para tener en cuenta es que las personas físicas ya no tienen que pagar tasas judiciales.

 

¿Existe un importe mínimo para iniciar un juicio monitorio?

No hay límite de reclamación, puede interponerse en el juzgado para reclamar cualquier que sea el importe de la deuda.

 

¿Qué ocurre si el deudor vive fuera de España?

Los juicios monitorios únicamente pueden tramitarse contra deudores ubicados dentro del territorio español.

 

¿Qué documentos se necesitan para acreditar una deuda?

  • Cualquier documento que aparezca firmado por el deudor
  • Facturas, albaranes, telegramas, etc.
  • Documentos comerciales que acrediten una relación anterior duradera.
  • Certificaciones de impago de cantidades debidas en concepto de gastos comunes de Comunidades de propietarios inmuebles.

 

¿Existe un tiempo medio estimado de resolución?

Generalmente depende del juzgado en el que se celebre, pero los juicios monitorios se caracterizan por tramitarse con la mayor celeridad. El deudor tras ser notificado dispone de 20 días para pagar.

 

¿Qué ocurre si el deudor es notificado por el juzgado?

Pueden ocurrir las siguientes circunstancias:

 

¿Qué ocurre si el deudor se opone al juicio monitorio?

Si el deudor presenta un escrito de oposición dentro del plazo, la situación se resolverá definitivamente en el juicio monitorio que corresponda.

Dicho escrito de oposición deberá ir firmado por el abogado y el procurador cuando su intervención sea necesaria. Será necesaria cuando se esté reclamando una deuda superior a 2000€.

Si la deuda a reclamar es de un importe entre 2000€ -6000€ se resolverá a través del Juicio Verbal, será necesaria la intervención de abogado y procurador. Por otro lado, si la deuda a reclamar es de importe inferior a 2000€ se resolverá por Juicio Verbal y no es necesaria la intervención de abogado ni procurador.

Se entiende por Juicio Verbal, que el Secretario Judicial, por decreto, da por finalizado el Monitorio, y acuerda seguir la tramitación verbalmente, convocando a las partes a la vista ante el tribunal.

¿Puede reclamar las deudas a empresas en quiebra o en suspensión de pagos?

En este caso el juicio monitorio no será efectivo en cuanto al pago de la deuda se refiere, lo que si podrá obtener es un poder ejecutivo de cara a ponerse en la cola de acreedores.

 

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