logo imorosity
logo imorosity

Derecho a pensión con deuda en la seguridad social

¿Tengo derecho a pensión con deuda en la seguridad social?

30 de septiembre de 2021

Por iMorosity

Señor jubilado con ordenador

Mucha gente quiere saber si tiene derecho a pensión con deuda en la seguridad social porque después de haber cotizado durante toda la vida a nadie le gustaría encontrar impedimentos a la hora de recibir su jubilación.

La mayoría de los trabajadores no deberían tener deudas con la seguridad social, porque los trabajadores por cuenta ajena, por ejemplo, no pueden tener deudas de este tipo. En cambio, en el caso de los autónomos es más común que puedan tener alguna deuda pendiente con la Seguridad Social.

Hoy en día es normal que un autónomo tenga deudas, sobre todo después de la crisis que estamos viviendo. Pero, no es lo mismo tener una deuda con un proveedor o con otra empresa, que con la Seguridad Social.

No pagar las deudas con la Seguridad Social o la Agencia Tributaria podría tener grandes repercusiones y sanciones.

Podría suponer un gran problema a la hora de acceder a algún tipo de prestación como una incapacidad temporal, la baja por maternidad/paternidad o incluso, la jubilación.

Qué pasa si debes dinero a la seguridad social

Como decíamos, es habitual que los autónomos tengan deudas con la Seguridad Social ya sea por pagar tarde la cuota de autónomos o por no haberse dado de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) o por no realizar el pago de las cotizaciones de los empleados contratados. 

Por desgracia, muy pocos autónomos son conscientes de que podría suponer la pérdida del derecho a pensión con deuda en la seguridad social

Para que un autónomo pueda tener acceso a la prestación tiene que cumplir un requisito adicional, que el resto de trabajadores no tienen: estar al corriente de pago. 

¿Quieres saber cuando prescriben las deudas con la seguridad social? Echa un vistazo a este artículo

Deudas seguridad social, ¿Cómo saber si tengo deudas pendientes?

 

 

Requisito Adicional: estar al corriente de pago

Por norma general para acceder a la pensión de jubilación un trabajador tiene que haber alcanzado la edad de jubilación y haber cotizado como mínimo 15 años. 

Pero además, cuando el interesado en recibir la jubilación también es el responsable de realizar el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social, como les ocurre a los autónomos, tendrá que cumplir con un requisito adicional. El autónomo debe estar al corriente de pago de todas las obligaciones con la Seguridad Social. 

Para que el autónomo se asegure de que está al día deberá haber hecho frente a todas las cotizaciones, incluida la cuota, además de los posibles recargos e intereses de mora que pudiesen surgir.

Si el autónomo no cumple con esta condición podría perder su pensión de jubilación. Para conseguirla, será invitado al pago de sus deudas.

¿Quien más no tiene derecho a pensión por tener deuda en la seguridad social?

Además de los autónomos, hay otros grupos de trabajadores que también tienen que cumplir con el requisito de no tener deudas con la Seguridad Social para poder recibir una pensión.

El requisito han de cumplirlo aquellos que sean responsables de pagar sus propias cotizaciones. Esto es, los autónomos y también los trabajadores del Régimen Especial del Mar

Además, también hay ciertos trabajadores del Régimen General que deben cumplir con esta condición. Una vez más, serán los colectivos que sean los responsables de llevar al día sus propias cotizaciones:

  • Representantes de comercio, artistas y toreros
  • Los trabajadores agrarios incluidos dentro del sistema especial agrario del Régimen General en los periodos donde haya inactividad
  • Trabajadores del hogar incluidos en su sistema especial del Régimen General cuando sean los responsables de sus cotizaciones. Solo aquellos que realicen 60 horas como máximo en el hogar. 

 

La Invitación al pago

Un autónomo no tiene porqué perder su derecho a pensión con deuda en la seguridad social de forma definitiva. 

Si el interesado en recibir la jubilación no está al día con el pago de sus obligaciones pero cumple el periodo de carencia no podrá acceder directamente. Se le invitará al pago de las cotizaciones pertinentes y será entonces cuando pueda acceder a su pensión.

Si por el contrario, el afectado tampoco cumple con el requisito de carencia mínima, no le invitarán al pago y en consecuencia, no podrá acceder a la pensión.

Cuanto tiempo tengo para pagar las deudas

Después de recibir la invitación de pago, el autónomo tendrá que realizar el pago en un plazo de 30 días naturales. 

Si el trabajador es capaz de cumplir con sus obligaciones de pago en este plazo podrá acceder a la jubilación sin problemas. 

Por otro lado, si el trabajador no cumple con el plazo y realiza un aplazamiento en el pago, se entiende que cumple con el deber desde el primer día del mes siguiente. Cuando haya cumplido con sus obligaciones podrá optar a la pensión. 

Por lo tanto, cualquier autónomo puede tener derecho a pensión con deuda en la seguridad social una vez salda la deuda. 

 

Otros motivos por los que te deniegan la pensión

También existen otros motivos por los que un trabajador (sea autónomo o no) puede perder el derecho a recibir la pensión por jubilación:

  • Cuando el jubilado no cumpla con el periodo de cotización exigido para recibirla (15 años como mínimo)
  • Si la pensión es incompatible con otras prestaciones.

 

Reclamación Judicial 

En caso de que el trabajador no esté de acuerdo con las razones por las que se le deniega la pensión tiene la opción de reclamar. Para ello, puede poner una demanda contra el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) ante el juzgado de lo social. Esta reclamación deberá llevarla a cabo en un plazo de 30 días desde que hayan rechazado su solicitud.

Si se admite la demanda, el INSS tendrá que facilitar al juzgado la documentación sobre la solicitud para la pensión. Durante este proceso el trabajador tiene que demostrar que sí tiene derecho a su pensión

 

Cómo saber si tengo deudas con la seguridad social

Todo trabajador tiene derecho a pensión con deuda en la seguridad social, siempre que haga frente a sus deudas. Por ello, si eres autónomo o un trabajador responsable de realizar sus cotizaciones con la Seguridad Social puede que te interese cómo saber si debes a la seguridad social. De hecho, lo primero que tienes que hacer antes de solicitar tu jubilación, es comprobar si tienes alguna deuda pendiente

Para comprobarlo, tienes que acceder a la sede electrónica de la Seguridad Social con tu número de afiliación NAF y el certificado digital. Así, podrás comprobar tu situación y en caso de tener alguna deuda podrás realizar el pago. 

Si además te interesa comprobar si tienes más deudas pendientes con empresas privadas, en iMorosity podemos ayudarte a comprobar todas tus deudas, incluidas las de la Seguridad Social. Nuestros asesores estudiarán tu caso y te ofrecerán la mejor solución para ti.

deuda pública españa

%

De nuestros clientes, consiguen solucionar su situación en los ficheros

Blog de iMorosity